La negociación de Zapatero
con la ETA de 2005 a 2007 y la siguiente
Los
crímenes de la ETA y su castigo
La exetarra López Riaño autora de 23 asesinatos sale dos horas diarias de prisión sin vigilancia policial para las prácticas de conducir
DN Colpisa. Madrid 02/12/2014
Idoia López Riaño, la
exetarra conocida como la tigresa y que ahora
dice estar desvinculada de la banda, salió de prisión este
lunes, 1.12.2014, para realizar las clases prácticas del carné
de conducir en una autoescuela cercana a la cárcel de
Zaballa (Nanclares de Oca, Álava), en la que cumple
condena hasta agosto de 2018 por los 23 asesinatos
cometidos en los años ochenta.
La Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario acata la
resolución dictada por la Sala de lo Penal de la
Audiencia Nacional, cuya sección primera acordó a
mediados de noviembre que la reclusa pudiera obtener el
permiso de circulación en aplicación del artículo 117 del
Reglamento Penitenciario, situación legal necesaria
para aquellos internos en segundo grado, caso de López Riaño,
que no disfrutan de permiso de salida.
Previamente, tanto la Junta de Tratamiento del
Centro Penitenciario como el Juzgado Central de Vigilancia
Penitenciaria se opusieron a la petición de la
interna. Pero ésta recurrió a la sala, que revocó la decisión.
Y ahora la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario ha acatado
la resolución dictada.
La razón de la negativa inicial de ambos órganos
fue que las salidas programadas son proyectos de reinserción que
preparan los centros hacia los reclusos, no al revés,
como ha ocurrido con la petición de López Riaño. Es
la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario quien valora los
reclusos aptos. En el caso de la interna, pasó los
reconocimientos médicos y psicotécnicos y aprobó el examen
teórico en prisión.
La autorización a López Riaño
supone que desde "la primera semana de diciembre"
puede abandonar la cárcel de lunes a viernes durante dos horas
diarias para aprender a conducir. El permiso se extiende
durante "15 días" y la interna
estará acompañada de un educador del centro
penitenciario que habitualmente trabaja con ella, según
la resolución de la Junta.
El educador es un funcionario que se ocupa de la
parte terapéutica del recluso, que pasa tiempo en su módulo y
valora su evolución. También forma parte de la junta que
establece y supervisa los programas de tratamientos comunes e
individualizados.
En el caso de López Riaño sale dos horas diarias de
prisión para las prácticas de conducir sin vigilancia policial,
durante sus horas de libertad no tendrá custodia
policial o control de las fuerzas de seguridad, ya que
el aplicársele el 177 del reglamento se supone que estamos ante
internos en segundo grado (el anterior a la semilibertad) "que
presentan un perfil de baja peligrosidad social y no ofrecen
riesgos de quebrantamientos de condena".
El tribunal justificó su postura dado que en el expediente de
López Riaño, trasladada en el verano de 2010 a Nanclares
de Oca, donde se agrupan los presos disidentes de la ETA,
"consta la realización continuada en el tiempo de
múltiples actividades formativas, notas meritorias y perfecto andamiaje
en su comportamiento, sin que se haga referencia a sanciones
dignas de mención".
Además, añadía el auto de los magistrados Grande-Marlaska,
Manuela Fernández y Nicolás Poveda, desde hace más de
dos años está desvinculada del entorno terrorista y ha asumido
su responsabilidad por el daño causado. Por lo tanto, el carné
de conducir no es "solo una opción personal, sino una
exigencia laboral muchas veces determinante", y daban su
venía para que López Riaño saliera de
prisión no más de ocho horas diarias sin el "control
personal" de la Policía.