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1949, nº 126. Págs. 275-279
YO SOY LA VERDAD Y LA VIDA
La Realeza de Cristo no es una abstracción,menos todavía una pura férmula de respeto o un mero tratamiento honorífico. El Reino de Cristo es una realidad pletórica de contenido y de vida. En él podemos considerar dos aspectos distintos, aunque estrechamente relacionados: el Reino trascendente de Cristo sobre las almas y su Reinado social, que podríamos también llamar «histórico», sobre las sociedades temporales. El fin del primero es la,visión beatífica, la unión eterna con Dios; el fruto definitivo del segundo es la paz, la única digna de tal nombre, la paz de Cristo, que no puede darse sino en el Reino de Cristo. Este Reinado social se h\ concretado, en nuestros tiempos, en la doctrina religiosopolítico-social contenida en las enseñanzas Pontificias, de la que esta revista se considera humilde altavoz. Los artículos que siguen (sobre la democracia y el comunismo) no aspiran ni pretenden ser más que un inicio, mejor diríamos una continuación, de nuestra labor difusora de aquella doctrina. Pero se engañaría quien creyese que esta doctrina constituye por si sola el Reino de Cristo. El Reino de Cristo no es un -reino doctrinal, sino un REINO PERSONAL. Y aquella doctrina sin el concurso de este Rey divino careceria de fuerza y sentido, no sería más que una bella utopía. No basta, pues, para el triunfo de este Reino, presentar su doctrina; preciso es conocer la Persona de nuestro Rey. Y las personas se conocen por su corazón. Por eso la divisa de los Papas es: AL REINO DE CRISTO POR LA DEVOCION A SU CORAZON, de tal manera que, incluso, la consagración del mundo a este Corazón Divino precedió veinticinco años a la institución de la fiesta de su Realeza. Jesucristo es la VERDAD, pero es también la VIDA, y la vida nos viene de su Corazón.
P. B.
La soberanía social de Jesucristo y la forma democrática de gobierno
J. M. Marlinez-Mari
1.- Ramière, en su obra «LA SOBERANÍA SOCIAL DE JESUCRISTO» (1. Hay traducción española. Barcelona, 1884), publicada en 1870, desarrolla las siguientes tesis:
a) La restauración de la soberania social de Jesucristo es lo único que puede asegurar a la sociedad el primer elemento de un progreso y de su bienestar: la posesión de la verdad.
b) La restauración de la soberania social de Jesucristo es lo único que puede garantizar la libertad de la inteligencia, siendo las democracias las sociedades más expuestas a la sujeción intelectual.
c) Dicha restauración es lo único que puede garantizar la dignidad del pueblo, pues tienden a degradarlo:
1.º La opinión pública que en las democracias propende necesariamente al materialismo, y
2.° El deseo de bienestar material que preside a las democracias.
d) La restauración de la soberania social de Jesucristo es el único sostén de la autoridad civil, elemento constitutivo de toda sociedad, destruido por las teorias de la revolución.
e) Finalmente, esta restauración garantiza la libertad contra la opresión del poder -cesarismo-- y contra sus propios excesos.
2. - La densidad de contenido de la obra de Ramière, de la cual acabamos de hacer una breve recensión, nos impide desarrollar en este articulo la totalidad de ideas expuestas en «La soberania social de Jesucristo» examinando a su luz y con su mismo prisma nuestra actual situación.
Pero lo que vamos a hacer ahora, iniciando con ello el estudio detallado de cada capitulo de esta obra de Ramière, será destacar la primera de sus tesis: «Únicamente la posesión de la verdad puede asegurar a la sociedad el progreso y bienestar», para, en aplicación de este principio, señalar cuál sea la verdad de la Iglesia en lo referente a una forma de gobierno: la democracia, adoptada por los Estados modernos y proclamada como panacea universal.
La Sociedad y la Verdad
3. - En el capitulo V de «La soberanía social de Jesucristo» afirma su autor:
I. Que el primero de todos los bienes sociales es la verdad y que la verdad es, también, el más precioso de los bienes que los hombres reunidos deben asegurarse unos a otros, ya que sólo la verdad permite al hombre diferenciarse del bruto, pues ni su inteligencia puede apetecer el bien moral, ni su voluntad inclinarse al noble fin, ni la libertad elegir entre dos partidos, si dichas facultades desconocen el verdadero bien, el verdadero fin y el verdadero partido.
II. Que sólo la enseñanza de Jesucristo y de su Iglesia paeden asegurar lq posesión de estas verdades, pues el hombre es incapaz por si solo de adquirir y conservar con sus propias fuerzas la verdad moral y una doctrina espiritual cualquiera sobre Dios, y la vida futura tampoco puede resolver el problema.
III. Finalmente, ya aplicando y definiendo la doctrina del reinado social, que sólo las sociedades podrán recibir de Dios las verdades morales y sobrenaturales:
a) si Jesucristo es reconocido como rey soberano y aceptadas sus enseñanzas como norma de las inteligencias, y
b) si la autoridad espiritual -la Iglesia-- encargada de transmitir dichas enseñanzas y verdades a los hombres, es respetada y defendida por la autoridad temporal.
Una definición del reinado social de Jesucristo
4. - En esta actitud o postura de la sociedad ante Jesucristo y su Iglesia radica precisamente su reinado social, acerca del cual dice el «Código Social de Malinas»:
«Lo que se llama con frecuencia el reinado social de Jesucristo no consiste en la inscripción de su nombre sagrado al frente de la Constitución de un pais, o en la colocación de la imagen del Sagrado Corazón en la bandera nacional. Estos actos exteriores, excelentes en sí y apetecibles, son hoy, sobre todo, más una resultante que una causa, y el mundo no cambiaria, ciertamente, el dia en que una mano fuerte viniese a realizar autoritariamente esos grandes actos. La indiferencia y la irreligión no disminuirían apenas por ello.
«El verdadero reinado social de Jesucristo existe cuando su ley santa, de justicia y de amor, penetra en todos los organismos sociales. El trabajo, el buen trabajo, consiste precisamente, en llllestros días, en hacerla penetrar en ello.~ por los medios más dignos y también más adaptados al estado de los espiritus, a su flaqueza y a sus posibilidades».
(2. Texto redactado bajo la presidencia de Mercier, vide en "Doctrina social católica". Colección Labor. Proposición 140)
La Iglesia ante la democracia
5. -
I) Como preámbulo a lo que más adelante indicaremos, tenemos que sentar las siguientes premisas:
a) La Iglesia tiene derecho a intervenir en la política.
Aclaremos el concepto:
Podemos considerar tres significados de la palabra «política».
Estos son:
1.º Ciencia o arte de gobernar. Conjunto de principios y normas según las cuales debe ser regido y gobernado un Estado.
2.º Política de partido o determinado modo de producir el bien común.
3.º Sistema de medios más o menos honestos dirigidos a abatir violentamente al adversario. Conjunto de astucia, fraude y fuerza que no tiene para nada en cuenta a la moral ni al derecho. Lo que le interesa a esta «política» es el éxito inmediato al precio que sea. Se llega a hacer un culto del maquiavelismo. Aborrece la Iglesia este último concepto; la doctrina del Evangelio es doctrina de lealtad, justicia y caridad, desinterés y sacrificio. Pero la Iglesia, en el fundamento ideológico de la política general, en el conjunto de normas y reglas directrices de la vida pública tiene perfecto derecho a intervenir, asi como en la orientación moral y en la ética política. A propósito de tal problema dice Cerejeira:
«La Iglesia está por encima y fuera de la política concreta de regimenes, sistemas, gobiernos, partidos, programas, personas... con tal que éstos respeten la líbertad de la Iglesia y los principios fundamentales del orden moral, social y político ... pero no es indiferente a las concepcíones relígiosas y filosóficas que están en la base de toda política verdaderamente humana. Aquí la Iglesia está en su dominio propio, ya defendiendo las bases del orden moral, social y político, ya condenando las doctrinas erróneas que se traducen prácticamente en tiranía del poder (sea éste ejercído en nombre de uno o de muchos) y en esclavitud de espiritu y de la conciencia».
(3. Cerejeíra. "La Iglesia ante la política", Mensaje a los católicos portugueses en noviembre 1945. Vide Ecclesia. 15-XII-1945).
b) La Iglesia no manifiesta preferencia por ninguna fórmula o régimen político. Asi dicen:
Pío XII. - «Según las enseñanzas de la Iglesia, no está prohibido preferir gobiernos moderados de forma popular, salvando con todo la doctrina católica acerca del origen y el ejercicio del poder público y ... la Iglesia no reprueba ninguna de las varias formas de gobierno con tul de que se adapten por si mismas a procurar el bien de los ciudadanos».
(4. Radiomensaje "En la sexta Navidad en guerra").
LEÓN XIII. - «Mas si la controvcrsia versase sobre cosas meramente políticas, sobre la mejor clase de gobierno, sobre tal o cual forma de constituir los Estados, de esto podrá haber una honesta diversidad de opiniones»
(5. Inmortale Dei. Número 59. Colec. Encíclicas de Accíón Católica. Pág. 178).
BELLARMINO. - «Cada una de las formas o clases de régimen político es de derecho de gentes y no de derecho natural, porque del consentimiento de la multitud depende constituir sobre sí mismo al Rey, a los Cónsules o a los magistrados de otra clase».
( 6. Citado por Luño. "Derecho natural". Barcelona, 1947).
Pio XI. - «Apenas es necesario recordar que lo que León XIII dejó enseñado sobre la forma política de gobierno debe aplicarse, guardada la debida proporción, a los colegios o corporaciones profesionales, a saber: que es líbre a los hombres escoger la forma de gobierno que quisíeren, con tal que queden a salvo la justicía y las necesidades del bien común».
(7. Quadragessimo Anno 36).
II) A qué democracia nos referiremos.
Hay que distinguir en cuanto a la democracia:
a) Su estructura y organización exterior, que depende de las aspiraciones propias de cada pueblo y respecto a las cuales nada dice la Iglesia, por tratarse de cuestiones técnicas, dejadas al arbitrio de los hombres.
b) Que una democracia en sentido lato admite diversidad de formas y cabe en monarquías como en repúblicas.
(8. Pío XII. Radiomensaje "En la sexta Navidad en guerra").
En demostración de coincidencia con tales afirmaciones, dicen dos técnicos del Derecho político:
a) Por lo que respecta a la forma política de la democracia, conviene admitir que ésta no puede ser circunscrita con precisión en el orden jurídico-político. También se trata de una magnitud muy variable cuando se la examina desde el punto de vista polítíco. Frecuentemente comprobamos una pacífica coexistencia de normas de derecho altamente democráticas y una constitución de espíritu antidemocrálíco ... parlamentarismo y democracia ni son idénticos ni se condicionan mutuamente.
(9. O. Fischbach. Teoría General del Estado. Editorial Labor. Barcelona. 1934. Página 166).
b) La democracia es la consigna que durante los siglos XIX y XX domina casi totalmente sobre los espíritus. Precisamente ésta es la razón de que haya perdido, como todos los temas, su sentido intrínseco. Copiando la moda política, este concepto -el más explotado entre todos los conceptos político- resulta aplicado a todos los fines y en todas las ocasiones posibles y adopta sígnificados contradictorios en ciertos casos, cuando no ocurre que la irreflexión usual del lenguaje político vulgar lo rebaja a una frase convencional, que no responde a ningún sentido determinado.
(10. H. Ke1sen: Esencia y valor de la democracia. Editorial Labor. Barce1ona, 1934. Página 11).
III) Definiremos a la democracia como:
a) Identidad de dirigentes y dirigidos, del sujeto y del objeto, del poder del Estado y gobierno del pueblo por el pueblo.
(11. H. Kelsen. Oh. cit. pág. 30).
b) La organización social que tiende a llevar al máximo la conciencia y responsabilidad cívicas de cada uno.
(12. M. Sangnier. "El espíritu democrático". París, 1906. pág. 167).
c) Se funda en la igualdad de todos los ciudadanos frente a las obligaciones y a los derechos que la ley reconoce o impone.
(13. M. F. Scciaca. "Reflexiones sobre la democracia y la democracia cristiana", En Rev. Estudios Políticos. núm. 44-1949. Pág. 39).
d) La organización civil en la cual todas las fuerzas operantes en la sociedad, conspiran para la tutela, guarda y elevación de los seres desposeídos, o sea de las clases trabajadoras. En este sentido, democracia es sinónimo de demofilia.
(14. A. Brucculeri S. J. "La Democrazia". Roma, 1946).
e) Significa una general participación de todos en una más perfecta norma de civilización cristiana para el porvenir.
(15. T. Toniolo. Orientaciones y conceptos sociales al comenzar el siglo XX. Valencia, 1907. Página 4).
Los principios democráticos
6. - La democracia de los Estados modernos resulta una amalgama de principios sentados ya por Aristóteles y los estadistas griegos, de doctrinas contenidas en el Evangelio y desarrolladas luminosamente por la filosofía católica y de teorías nacidas al calor de la Revolución francesa rechazadas como heréticas por la Iglesia.
I. Siguiendo a un ilustre autor diremos que dentro de los principios democráticos podemos establecer una distinción según que ellos sean o no aceptables por el catolicismo.
(16. Brucculeri ob. cit.)
A) PRINCIPIOS ACEPTABLES.
a) Teoría acerca del poder: el poder reside originariamente en el pueblo y el Estado surge del pacto.
b) La trilogía libertad, igualdad y fraternidad entendidos en su recto sentido. Dice Brucculeri a este propósito:
«Resulta más que sabido que la democracia moderna ba tomado sus máximas de las revoluciones del 89, levantando la bandera de la fraternidad, de la igualdad y de la libertad. Este trinomio y, en total, la famosa declaración de derechos del hombre, no es, como se proclama por los adversarios de la Iglesia, un descubrimiento de un mundo ignaro y la creación original de un derecho nuevo, que se oponen ambos a todo lo que constituia la cultura y la sociedad levantada de nuevo por el Cristianismo. El famoso trinomio no es más que un producto del Evangelio, del cual deriva su significado y su más válida justificación».
(17. Brucculeri ob. cit., p. 41).
Y Toniolo:
«En el tronco de la escolástica fueron sorprendidos gérmenes sanos y fecundos de nuestraa doctrina democrática.
(18. Discurso en el Congreso de Tarento de 1901 cit., por Brucculeri).
B) PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS INACEPTABLES.
a) El mito de la ingénita y absoluta bondad del ser humano, por aquello de Rousseau: «el hombre nace bueno y la sociedad lo corrompe», debiendo, por el contrario, profesarse que el hombre, por efecto del pecado original, está caído de su estado originario y aunque redimido por Cristo y reintegrado en la condición sobrenatural de hijo adoptivo de Dios, ha quedado afectado en su naturaleza por los efectos del pecado original particularmente en su voluntad, debilitada, y en sus tendencias, desordenadas.
(19. Pio XI. Enc. "Divini Illius Magistri". Cap. 34 y "Diuturnum". Cap. 7, especialmente dedicada a refutar las falsas doctrinas acerca del origen del poder.).
b) El principio de que toda soberanía dimana directamente del pueblo, sin tener detrás de sí un Derecho que la preceda, un Legislador trascendente en el cual, en definitiva, radica toda soberanía. Podemos, además, establecer estos otros aspectos en los cuales no hay coincidencia posible entre el católico y el demócrata liberal o rusoniano:
Democracia falsa
Sana democracia
i) Fundamental discrepancia, sobre todo acerca de la fuente u origen de la autoridad, que para el católico surge y emana de la naturaleza y, por lo tanto, del mismo Dios, que es su autor. La autoridad tiene su origen en Dios, principio y fundamento supremo de todo lo existente, debiéndose recordar a este propósito:
«Que el poder público, por si propio o esencialmente considerado, no proviene sino de Dios, porque sólo Dios es el propio, verdadero y Supremo Señor de las cuales, al cual todas necesariamente están sujetas y deben obedecer y servir, hasta lal punto, que todos los que tienen derecho de mandar, de ningún otro lo reciben si no es de Dios, Principe Sumo y Soberano de todos. No hay potestad sino de Dios».
(20. León XIII. Inmortale Dei. Cap. 6).
j) El liberalismo, que se ha querido ver como inseparable de la democracia, aun cuando, en si, son dos conceptos distintos.
Pío XII y la democracia
7. - Pío XII en su discurso navideño en la sexta Navidad en guerra, estableció luminosamente lo que sigue:
1. Caracteres de los ciudadanos en régimen democrático.
Una democracia será sana, equilibrada y vigorosa, según se atiendan a los derechos siguientes:
1.º Manifestar su opinión los ciudadanos sobre deberes y sacrificios que se les impongan.
2.º No verse obligados a obedecer sin haber sido oídos.
No podrán los ciudadanos ejercitar estos derechos, si en el Estado se contiene no pueblo sino masa.
Caracterizan a uno y otro:
Pueblo
- Vive y se mueve con vida propia.
- Vive de la plenitud de vida de los hombres que lo componen, cada cual es persona consciente de su responsabilidad y convicciones.
- Su exuberancia de vida se difunde en el Estado infundiéndole vigor.
Multitud amorfa o masa
- es inerte,
- recibe movimiento desde fuera.
- espera el impulso de fuera,
- es juguete fácil en manos de cualquiera.
- Se sirve de ella el Estado para imponer su arbitrio al verdadero pueblo.
II. Caracteres de los gobernantes en régimen democrático.
1.º deben no descuidar la dignidad de su autoridad política, dignidad de su participación de la autoridad de Dios. Deben ver en sus cargos la misión de actuar en el orden establecido por Dios. Lo contrario producirá el egoísmo del dominio y de los intereses sobre las exigencias de la moral polític'a y social.
2.º Deben tener:
a) Clara inteligencia de los fines señalados por Dios a las sociedades humanas.
b) Sentimiento profundo de sus deberes sociales como gobernantes, debiendo actuar con:
1. Conciencia de su propia responsabilidad.
2. Objetividad.
3. Imparcialidad.
4. Lealtad.
5. Generosidad.
6. Incompatibilidad, para lograr respeto, confianza de la mejor parte del pueblo y adhesión.
7. Profundo sentimiento de los principios de un orden político y social sano y conforme a normas de derecho y justicia.
III. Los parlamentarios deben ser hombres selectos.
1. Espiritualmente eminentes.
2. De carácter firme.
3. Que se consideren representantes de todo el pueblo.
4. De todas las profesiones.
5. De sólidas convicciones cristianas.
6. De juido justo y seguro.
7. De sentido práctico y ecuánime, coherente consigo mismo en todas las circunstancias.
8. De doctrina clara y sana.
9. De designios firmes y rectilíneos.
10. Capaces de ser guias y dirigentes, sobre todo en tiempos de necesidades.
11. Que en tiempos de transición y atormentados, se sientan capaces de hacer circular por las venas del pueblo el antídoto espiritual de visiones claras de bondad solícita de justicia.
Los pueblos sanos encuentran a estos instrumentos.
En cambio, donde no están esos hombres, ocupan su puesto otros que convierten la actividad política en campo para su ambición y afán de aumento de ganancias, ya sean propias, de su casta o de su clase.
IV. Una sana democracia, fundada sobre la ley natural y la verdad revelada es contraria al absolutismo del Estado, que atribuye a su legislación un poder sin frenos ni limites.
La democracia y sus instrumentos
8. - A través de lo que precede al presente epígrafe podemos deducir el pensamiento de la Iglesia en cuanto a la democracia en si misma. Pero el sistema democrático necesita para su actuación de instrumentos tales como el Parlamento, los partidos políticos y el sistema electoral. También sobre ello han hablado los Pontifices y existe un sólido cuerpo de doctrina para luz y guia de la conciencia católica. En otra ocasión hablaremos de esta doctrina sobre los instrumentos de la democracia y de sus condiciones papa que reúnan la condición de aptos y eficientes, asi como de la conducta ante ellos y medio de utilizarlos. Ahora indicaremos solamente:
a) Los católicos no pueden apoyar organizaciones adversas a la Iglesia.
(21. Manifiesto de la Dirección Nacional de la ]uventud Católica Portuguesa. Ecc1esia, 29 de enero de 1949).
b) Que si juzgan que para desempeñar plenamente su papel de ciudadanos deben adherirse a un partido político, no escogerán un partido que se desentienda de los principios sociales cristianos. Si existe un partido que sea de "inspiración cristiana" se dirigirán por ese lado. Si son muchos los partidos que dan suficientes garantías, elegirán según sus gustos personales. Pero en todo caso, su elección saldrá siempre de la consulta hecha a su conciencia.
(22. "La formación política de los católicos".Pastoral del Obispo de Tarazona de 29 de marzo de 1948).
c) Que la Iglesia no puede ser el feudo de un partido politico. Así dicen:
LEÓN XIII. - «Se ha de huir de la equivocada opinión de los que mezclan y como identifican la religión con algún partido político, hasta el punto de tener poco menos que por separados del Catolicismo a los que pertenecen a otro partido. Esto, en verdad, es meter malamente los bandos en el augusto campo de la religión, querer romper la concordia fraternal y abrir la puerta a una funesta multitud de inconvenientes».
(23. León XIII. Enc. "Cum multa").
Pio XI. - «Nadie absolutamente tiene derecho, en el aspecto puramente político o para sostener la causa de un partido cualquiera, a servirse abusivamente de la autoridad religiosa o de la acción católica».
(24. Alocución consistorial del 24 de marzo de 1924).
d) Que por regla general vienen los católicos obligados a votar en las elecciones convocadas, pudiendo, en momentos de peligro para la religión o el bien público, constituir falta grave el abstenerse de votar: «En las presentes circunstancias es obligación estricta ... el tomar parte en las elecciones; quien de ello se abstiene, especialmente por indolencia o por pereza, comete un pecado en si grave, una culpa moral".
(25. Pío XII. Discurso del 10 de marzo de 1948 a los párrocos de Roma. Vide Ecclesia 20 marzo 1948).
La verdad sobre la dcmocracia fuente de bienestar
9. - Para terminar, y sintetizando lo expuesto, diremos concretamente, con Pío XII, que:
«Cuando el pueblo se aleja de la fe cristiana o no la establece resueltamente como principio de la vida civil, entonces la democracia fácilmente se altera y deforma, y en el transcurso del tiempo se ve sujeta a caer en el totalitarismo o en el autoritarismo de un solo partido».
(26. Pío XII. Discurso de 2 de octubre de 1945 ante el Tribunal de la Santa Rota Romana).
Si se quiere, pues, sostener viva y vigorosa una sana democracia, debe la sociedad -gobernantes y gobernados- mantenerse unida a la fe y establecerla como principio de la vida civil -reinado social de Jesucristo- con toda resolución, reconociendo, para no errar, la autoridad espiritual de la Iglesia y logrando poseer la verdad, pues -y aquí entroncamos con la primera de las tesis de la obra de Ramière que comentamos- «ÚNICAMENTE LA POSESIÓN DE LA VERDAD PUEDE ASEGURAR A LA SOCIEDAD -democrática, apostillamos nosotros- EL PROGRESO Y EL BIENESTAR».