El Tribunal Supremo anula la candidatura de Iniciativa Internacionalista encabezada por Alfonso Sastre como un mero instrumento de la terrorista Batasuna

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Crónica del siglo XXI

El Constitucional permite presentarse a las elecciones europeas de 2009 a la lista de Iniciativa Internacionalista anulada por el Supremo

El tribunal reconoce el derecho de II-SP a concurrir a las elecciones europeas.- Es el primer disenso de ambos tribunales desde la aprobación de la Ley de Partidos

LD JULIO M. LÁZARO - Madrid - 21/05/2009

El Tribunal Constitucional ha revocado este jueves la sentencia del Supremo que declaró la nulidad de la lista Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos. Esa candidatura podrá ahora presentarse a las elecciones al Parlamento Europeo. La Sala Segunda del Constitucional ha estimado el recurso de amparo de la lista que el Supremo declaró "infiltrada" por Batasuna y cuyos cabezas de lista, el dramaturgo Alfonso Sastre y la abogada Doris Benegas, podrán optar a un escaño en Estrasburgo.

La decisión, la primera que permite la candidatura de una lista sospechosa fue adoptada por unanimidad de los magistrados y redactada por el magistrado Eugenio Gay. La resolución declara vulnerado "el derecho de II-SP a acceder a los cargos públicos en condiciones de igualdad recogido por el artículo 23.2 de la Constitución" y ordena "reestablecer a la formación en su derecho declarando la nulidad del auto de la Sala Especial del Tribunal Supremo".

Los magistrados subrayan "la insuficiente entidad probatoria de los indicios manejados por el Supremo" que, dicen, "no puede justificar el sacrificio de los derechos fundamentales de participación política en términos de igualdad y de libre defensa de la propia ideología". "La negativa a condenar expresamente el terrorismo no es indicio bastante para acreditar una voluntad defraudatoria de la ley electoral", afirman recordando sentencias anteriores.

"Trama defraudatoria"

Según los magistrados, "nada acredita que los dirigentes de los partidos que integran la coalición estén implicados en trama defraudatoria alguna de las sentencias de ilegalización de las que el Supremo ha querido preservar sus efectos". Por eso, estiman que "es irrelevante que el portavoz Luis Ocampo hiciera unas declaraciones periodísticas reconociendo reuniones y contactos con la izquierda abertzale".

La resolución del Supremo, que por primera vez registró los votos de cinco magistrados discrepantes de un total de 16 integrantes de la Sala Especial, ya presagiaba dificultades en el Constitucional, que finalmente se han revelado insalvables.

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, presidida por el vicepresidente Guillermo Jiménez, deliberó desde las 10 de la mañana hasta pasadas las 11 de la noche si procedía estimar el recurso, que en su recurso condenó la violencia terrorista.

Desde que se conocieron las discrepancias en el Tribunal Supremo y el texto del auto que anuló la candidatura, se supo que la ratificación ante el Constitucional presentaría dificultades. En sus últimas alegaciones al recurso de amparo de II-SP, el Gobierno y el fiscal subrayaron que la negativa a condenar el terrorismo no podía salvarse a última hora con "genéricos y abstractos rechazos a la violencia" sino "con la particular y concreta condena de la actividad terrorista de ETA". Por eso, se centraron en demostrar que en el recurso no constaba esa inequívoca condena de la banda terrorista, ni tampoco en las alegaciones ante el Supremo.