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El TC anula en julio de 2016 la Agencia Tributaria de Cataluña y otras estructuras de Estado creadas por la Generalitat de Cataluña como las del Plan rector de infraestructuras y energías

DN EFE 7/07/2016 EUROPA PRESS. MADRID

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido de forma unánime algunos artículos y disposiciones de la Ley por la que la Generalitat de Cataluña estableció la creación de sus propias estructuras del Estado.

El asunto ha sido tratado este jueves por el tribunal de garantías y se ha llegado a un fallo que estima parcialmente el recurso que interpuso el Gobierno contra esta norma. Falta aún redactar la sentencia y notificarla a las partes interesadas, según han señalado fuentes del tribunal de garantías.

El recurso del Gobierno solicitaba la anulación de estructuras como la Agencia Tributaria de Cataluña y otras disposiciones como las referidas al plan rector de infraestructuras y energías.

Según las mismas fuentes, el TC declarará en su resolución la nulidad de algunas de ellas mientras que respecto de otras realizará una interpretación de cómo deberán funcionar para adaptarse a los criterios constitucionales.

En su día, el tribunal de garantías ya suspendió, a petición del Gobierno, algunos artículos de la Ley 3/2015 de 11 de marzo de medidas fiscales, financieras y administrativas del Parlamento de Cataluña, concretamente el 69 y el 95 y varias disposiciones adicionales 22, 23, 24, 25 y 26 de la norma.

Los dos artículos señalados se referían también al Servicio Meteorológico de Cataluña, cuya regulación se modificaba con esta Ley, y a la normativa sobre equipamientos comerciales. Sobre este último aspecto, la ley modificaba la regulación existente para regular su localización en zonas portuarias de titularidad pública.

Administración Tributaria de Cataluña
En cuanto a las disposiciones adicionales impugnadas por el Gobierno de Mariano Rajoy, se referían entre otros asuntos al Plan Director de la Administración Tributaria de Cataluña.

Sobre este asunto la Generalitat se daba un plazo de cinco meses para aprobarlo con el objetivo de que éste fuera ejecutado en 12 meses para que fuera un "Instrumento de Planificación Estratégica de una Administración Tributaria preparada para una eventual asunción de nuevas funciones y competencias tributarias" en Cataluña.

El Plan debería tener en cuenta soluciones tecnológicas e incluir una propuesta de normativa tributaria para Cataluña.

El resto de disposiciones que el Gobierno pidió anular vía recurso ante el TC se refieren al inventario de patrimonio de las Administraciones públicas de Cataluña y al catálogo de infraestructuras estratégicas -con el fin de garantizar la continuidad del servicio en dicho territorio.

También se pidió la nulidad de la norma en cuanto a las pretensiones de la Generalitat para la creación de una agencia catalana de la Protección Social y la creación de un Plan Director relativo a los sectores de la Energía de las Telecomunicaciones y los Sistemas de Información y del transporte ferroviario.