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El TC anula en julio de 2016 la Agencia Tributaria de Cataluña y otras estructuras de Estado creadas por la Generalitat de Cataluña como las del Plan rector de infraestructuras y energías
DN EFE 7/07/2016 EUROPA PRESS. MADRID
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha
suspendido de forma unánime algunos artículos y disposiciones
de la Ley por la que la Generalitat de Cataluña estableció la
creación de sus propias estructuras del Estado.
El asunto ha sido tratado este jueves por el tribunal de
garantías y se ha llegado a un fallo que estima
parcialmente el recurso que interpuso el Gobierno contra esta
norma. Falta aún redactar la sentencia y notificarla a las
partes interesadas, según han señalado fuentes del
tribunal de garantías.
El recurso del Gobierno solicitaba la anulación de estructuras
como la Agencia Tributaria de Cataluña y otras
disposiciones como las referidas al plan rector de
infraestructuras y energías.
Según las mismas fuentes, el TC declarará en su resolución la
nulidad de algunas de ellas mientras que respecto de otras
realizará una interpretación de cómo deberán funcionar para
adaptarse a los criterios constitucionales.
En su día, el tribunal de garantías ya suspendió, a petición
del Gobierno, algunos artículos de la Ley 3/2015 de
11 de marzo de medidas fiscales, financieras y administrativas
del Parlamento de Cataluña, concretamente el 69 y el 95 y varias
disposiciones adicionales 22, 23, 24, 25 y 26 de la norma.
Los dos artículos señalados se referían también al Servicio
Meteorológico de Cataluña, cuya regulación se modificaba con
esta Ley, y a la normativa sobre equipamientos comerciales. Sobre
este último aspecto, la ley modificaba la regulación existente
para regular su localización en zonas portuarias de titularidad
pública.
Administración Tributaria de Cataluña
En cuanto a las disposiciones adicionales impugnadas por el
Gobierno de Mariano Rajoy, se referían entre otros asuntos al
Plan Director de la Administración Tributaria de Cataluña.
Sobre este asunto la Generalitat se daba un plazo de cinco meses
para aprobarlo con el objetivo de que éste fuera ejecutado en 12
meses para que fuera un "Instrumento de Planificación
Estratégica de una Administración Tributaria preparada para una
eventual asunción de nuevas funciones y competencias tributarias"
en Cataluña.
El Plan debería tener en cuenta soluciones tecnológicas e
incluir una propuesta de normativa tributaria para Cataluña.
El resto de disposiciones que el Gobierno pidió anular vía
recurso ante el TC se refieren al inventario de patrimonio de las
Administraciones públicas de Cataluña y al catálogo de
infraestructuras estratégicas -con el fin de garantizar la
continuidad del servicio en dicho territorio.
También se pidió la nulidad de la norma en cuanto a las
pretensiones de la Generalitat para la creación de una agencia
catalana de la Protección Social y la creación de un Plan
Director relativo a los sectores de la Energía de las
Telecomunicaciones y los Sistemas de Información y del
transporte ferroviario.