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La familia del general Sanjurjo requiere al Ayuntamiento de Pamplona para que paralice la exhumación del militar no franquista
DN 30/09/2016 efe. pamplona
La familia del general Sanjurjo
requiere al Ayuntamiento de Pamplona para que
archive las actuaciones realizadas para la exhumación de los
restos del militar no franquista al entender que la motivación
es "contraria" a la ley de Memoria Histórica y que en
el procedimiento se ha incurrido en defectos legales.
El equipo de gobierno local decidió a principios de mes
clausurar el próximo 16 de noviembre la cripta donde
se encuentran los restos de Sanjurjo y Mola, exhumar éstos y, en
su caso, conocida la voluntad de las familias, entregarlos a las
personas legalmente responsables.
Ahora la familia de Sanjurjo sostiene que conoció la decisión
por unas declaraciones del alcalde a los medios de
comunicación y que el expediente se inició "sin
cumplir ninguno de los requisitos previstos" en la ley.
Añade además que la cripta donde están los restos "es un
lugar privado y no un cementerio" y por lo tanto "no
encaja" en la definición del Reglamento de Sanidad
Mortuoria de Navarra.
La familia de Sanjurjo, residente en Madrid, afirma asimismo que
no se ha mantenido con ellos ningún contacto previo a la
decisión del Ayuntamiento y que en el procedimiento se ha "excluido"
al secretario municipal como "fedatario público y redactor
necesario de los informes jurídicos".
Precisa al respecto que las funciones de éste
quedaron "en manos absolutamente de los criterios políticos
del equipo de gobierno", y de hecho subraya que en el
expediente "no consta la firma de ninguno de los
intervinientes".
"Para mayor abundamiento, faltan a la verdad
los asesores externos en toda la extensión de su informe",
agrega la familia del general no franquista, que igualmente
asegura que "en ningún modo cumplen" los requisitos
legales sobre notificación a las partes interesadas.
Alega también que la exhumación decidida plantea una "vulneración"
de la ley de libertad religiosa y "un problema de
derecho internacional" ya que "vulnera" la
ratificación del acuerdo entre España y la Santa Sede por el
que "los lugares de culto tienen garantizada su
inviolabilidad con arreglo a las leyes" y la cripta es, por
sentencia de 2008, de "uso privado de la Iglesia Católica
como lugar de culto y enterramiento".
A todo ello la familia de Sanjurjo suma que la argumentación
dada en favor de la exhumación "resulta estrictamente
política y por consiguiente contraria a la ley de
Memoria Histórica de 2013" que "no contempla"
exhumaciones "del bando contrario" sino que
las facilita "para un enterramiento digno" de los
fallecidos "en defensa de sus convicciones en el Frente
Popular".
El Arzobispado de Pamplona alega en octubre de
2016
que el Ayuntamiento no tiene
facultades para exhumar y trasladar los restos por estar en un
lugar de culto que no es un cementerio, como no lo son
las iglesias donde están enterradas personas,
que la cripta es un lugar para celebrar
la eucaristía
y que, como lugar de culto, tiene
garantizada su inviolabilidad, que se extiende a
los enterramientos en la cripta