......HISTORIA DE NAVARRA.... .HISTORIA UNIVERSAL.......Historia de España......Historia de España para Bachillerato.....INDEX
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COMENTARIO DE LAS GRÁFICAS DE HISTORIA DE ESPAÑA DE 2º de BACHILLERATO EN NAVARRA
Consiste en poner de
manifiesto la información histórica que contiene la
gráfica o la tabla explicando lo que se observa en ella
y lo que indica. Se pide:
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Esquema del
comentario de las gráficas y tablas de la selectividad Poner de manifiesto la información histórica que contiene la gráfica o la tabla explicando lo que se observa en ella y lo que indica.
Las gráficas de la selectividad Gráfica 1: Miembros de las Cortes de Cádiz (Tema 2) Gráfica 2: Composición de la Asamblea Constituyente en 1869 (Tema 3) Gráfica 3: El turno de partidos durante la Regencia, 1885 - 1902 (Tema 4) Gráfica 4: Número de huelguistas entre 1913 y 1924 (Temas 4 y 5) Gráfica 5: Resultado de las elecciones a Cortes de febrero de 1936 (Tema 6) Gráfica 6: Producto Interior Bruto (PIB) por habitante, 1939 - 1973 (Tema 7) Gráfica 7: Referéndum sobre la Ley para la Reforma Política del 15 de diciembre de 1976 (Tema 8) |
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Nueva lista de textos y gráficos para la selectividad notificada el 19.09.2006
Las gráficas y tablas de la selectividad 2006
Gráfica 1bis: Importación de algodón (1840-1876)
Gráfica 2: Composición de la Asamblea Constituyente en 1869
Gráfica 3: El turno de partidos durante la Regencia (1886 - 1902)
Gráfica 4: Longitud de la red ferroviaria (1848-1935)
Gráfica 5: Número de huelguistas entre 1913 y 1924
Gráfica 6: Distribución sectorial de la población activa en 1923 y 1930
Gráfica 7: Resultados de las elecciones a Cortes constituyentes de junio de 1931
Gráfica 8: Resultados electorales de Navarra en 1933
Tabla 10: Presupuestos del Estado y de Educación de 1930 a 1973
Gráfica 11: Duración de las constituciones españolas (1812-2003)
Tabla 12: Resultados de las elecciones al Congreso de los Diputados de 1982 a 1996
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Las gráficas de la selectividad 2008
Gráfica 1: Composición social de las Cortes de Cádiz (Tema 6.1)
Composición social de las
Cortes de Cádiz (Sin indicación de fuente)
Gráfica 2: Composición de la Asamblea Constituyente en 1869 (Tema 7.3)
Composición de la
Asamblea Constituyente en 1869 (número de diputados)
Fuente: VV.AA. Introducción a la Historia de
España, 1974
Gráfica 3: El turno de partidos durante la Regencia, 1885 - 1902 (Tema 8.1)
El turno de partidos durante la
Regencia (en número de diputados)
Gráfica 4: Longitud de la red ferroviaria, 1848 - 1935 (Temas 7.4 y 9.5)
Longitud
de la red ferroviaria en kilómetros
Fuente: Cordero y Menéndez, 1978
Gráfica 5: Efectos de la Primera Guerra Mundial. Evolución de las huelgas entre 1913 y 1924 (Temas 9.2, 9.3 y 9.4)
Número
de huelguistas entre 1913 y 1924
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Fuente: Simón Segura: Historia Económica, 1997
Gráfica 6: Resultados electorales de Navarra en 1933 (Temas 10.1 y 10.2)
Elecciones Generales de
1933 en Navarra
Fuente: Gran Enciclopedia Navarra, 1990
Gráfica 7: Fuerzas sublevadas y leales al Gobierno del Frente Popular al estallar la guerra civil en 1936 (Tema 11.1)
Fuerzas
sublevadas y leales al estallar la guerra de 1936 (efectivos
calculados)
(Sin indicación de fuente)
Gráfica 8: Producto Interior Bruto (PIB) por habitante, 1939 - 1973 (Tema 12.2)
PIB por
habitante, 1939 - 1973 (en pesetas de 1980)
(Sin indicación de fuente)
Gráfica 9: Resultados del referéndum sobre la Ley para la Reforma Política del 15 de diciembre de 1976 (Tema 13.1)
Participación: 77'4 % |
Gráfica 10:
Duración de las constituciones españolas, 1812-2003
(Temas
6.1, 6.2, 7.2, 7.3, 8.1, 9.4, 10.1, 12.1, 13.1 y 13.2)
Gráfica 10
actualizada: Duración de las constituciones españolas, 1812-2008
(Temas
6.1, 6.2, 7.2, 7.3, 8.1, 9.4, 10.1, 12.1, 13.1 y 13.2)
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Las gráficas de la Selectividad de Navarra 2009
Gráfica 1: Miembros de las Cortes de Cádiz (Tema 2.2)
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Gráfica 2: Composición de la Asamblea Constituyente en 1869 (Tema 3.3)
Composición de la Asamblea
Constituyente en 1869 (número de diputados)
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Gráfica 3: El turno de partidos durante la Regencia, 1885 - 1902 (Tema 4.1)
El turno de partidos durante la Regencia (en número
de diputados)
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Gráfica 4: Número de huelguistas entre 1913 y 1924 (Temas 4.4 y 5.2)
Número de
huelguistas entre 1913 y 1924
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Gráfica 6bis: Resultado de las elecciones a Cortes de febrero de 1936
Resultados de las elecciones a cortes
en febrero de 1936 (nº de diputados)
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Gráfica 6: Producto Interior Bruto (PIB) por habitante, 1939 - 1973 (Tema 7)
PIB por habitante, 1939
- 1973 (en pesetas de 1980)
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Gráficas y tablas demográficas
http://www.census.gov/ipc/www/idb/worldpopinfo.html
Un billion
americano son mil millones: 1.000.000.000
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El número medio de hijos tiende a ser inferior al reemplazo
Fertilidad: número medio de hijos por mujer. El coeficiente de reemplazo es 2'2 | ||
Área |
2005 |
2050 |
Total Mundial |
2'6 |
2 |
Países menos desarrollados |
2'8 |
2'1 |
Países más desarrollados |
1'6 |
1'8 |
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La tasa de crecimiento se ralentiza:
Tasa de crecimiento de la población en % |
||||||||
Área |
1950-60 | 1960-70 | 1970-80 | 1980-90 | 1990-2000 | 2000-10 | 2010-25 | 2025-50 |
Total Mundial |
1'7 |
2 |
1'8 |
1'7 |
1'4 |
1'1 |
0'9 |
0'6 |
Países menos desarrollados |
2'0 |
2'4 |
2'2 |
2'0 |
1'7 |
1'3 |
1'1 |
0'7 |
Países más desarrollados |
1'2 |
1'0 |
0'7 |
0'6 |
0'4 |
0'3 |
0'1 |
0'0 |
Gráfica de la tasa de crecimiento
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También se ralentiza el incremento anual de la población mundial:
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La curva indica el
tamaño total de la población mundial en miles de millones (a lo
que llaman billones en
USA)
y las barras los incrementos por décadas en millones
El punto
de inflexión fue en 1980
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POBLACIÓN DEL MUNDO Y SUS GRANDES
ÁREAS entre 1750 y 2150
según estimaciones de la División de Población de la ONU en
1999
1750 | 1800 | 1850 | 1900 | 1950 | 1999 | 2050 | 2150 | |
Población en millones | ||||||||
Mundo | 791 | 978 | 1262 | 1650 | 2521 | 5978 | 8909 | 9746 |
África | 106 | 107 | 111 | 133 | 221 | 767 | 1766 | 2308 |
Asia | 502 | 635 | 809 | 947 | 1402 | 3634 | 5268 | 5561 |
Europa | 163 | 203 | 276 | 408 | 547 | 729 | 628 | 517 |
Hispanoamérica | 16 | 24 | 38 | 74 | 167 | 511 | 809 | 912 |
USA y Canadá | 2 | 7 | 26 | 82 | 172 | 307 | 392 | 398 |
Oceanía | 2 | 2 | 2 | 6 | 13 | 30 | 46 | 51 |
Porcentaje | ||||||||
Mundo | 100 | 100 | 100 | 100 | 100 | 100 | 100 | 100 |
África | 13'4 | 10'9 | 8'8 | 8'1 | 8'8 | 12'8 | 19'8 | 23'7 |
Asia | 63'5 | 64'9 | 64'1 | 57'4 | 55'6 | 60'8 | 59'1 | 57'1 |
Europa | 20'6 | 20'8 | 21'9 | 24'7 | 21'7 | 12'2 | 7'0 | 5'3 |
Hispanoamérica | 2'0 | 2'5 | 3'0 | 4'5 | 6'6 | 8'5 | 9'1 | 9'4 |
USA y Canadá | 0'3 | 0'7 | 2'1 | 5'0 | 6'8 | 5'1 | 4'4 | 4'1 |
Oceanía | 0'3 | 0'2 | 0'2 | 0'4 | 0'5 | 0'5 | 0'5 | 0'5 |
Occidente
hizo su explosión demográfica entre el XVIII y el XX,
después ha crecido más la población afroasiática
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Población de USA
a mediados del XVIII: 1.300.000 habitantes blancos (los indios no contaban)
1763: .........................2.000.000
1790:.........................3.900.000
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LOS TEXTOS HISTÓRICOS DE LA SELECTIVIDAD
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TEXTOS 2007
Texto 1
La Guerra de la Independencia. Gobierno de José I. Invitación a Jovellanos para colaborar con José I. 1809 (Tema 6.1):
Señor: "Al Excmo. Sr. D. Gaspar de Jovellanos
La reputación de que gozáis en Europa, vuestras ideas liberales, vuestro amor por la patria, el deseo que manifestáis de verla feliz y floreciente, deben haceros abandonar un partido que sólo combate por la Inquisición (...) por el interés de algunos grandes de España, y por los de la Inglaterra. Prolongar esta lucha es querer aumentar las desgracias de la España. Un hombre, cual vos sois, conocido por su carácter y sus talentos, debe conocer que la España puede esperar el resultado más feliz de la sumisión a un rey justo e ilustrado, cuyo genio y generosidad deben atraerle a todos los españoles que desean la tranquilidad y prosperidad de su patria. La libertad constitucional bajo un gobierno monárquico, el libre ejercicio de vuestra religión, la destrucción de los obstáculos que varios siglos ha se oponen a la regeneración de esta bella nación, serán el resultado feliz de la constitución que os ha dado el (...) Emperador. Despedazados con facciones, abandonados por los ingleses, que jamás tuvieron otros proyectos que el de debilitaros, el de robaros vuestras flotas, y destruir vuestro comercio, haciendo de Cádiz un nuevo Gibraltar, no podéis ser sordos a la voz de la patria que os pide la paz y la tranquilidad. Trabajad en ella de acuerdo, y que la energía de la España sólo se emplee desde hoy en cimentar su verdadera felicidad con nosotros. Os presento una gloriosa carrera; no dudo que acojáis con gusto la ocasión de ser útil al rey Josef y a vuestros ciudadanos. (...)".
Gaceta del Gobierno, Suplemento. 12 de mayo de 1809.
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Texto 2
La revolución de 1820. Proclama del ejército de Cádiz en 1820 (Tema 6.2)
"El ejército nacional, al pronunciarse por la Constitución de la Monarquía Española, promulgada en Cádiz por sus legítimos representantes no trata de ningún modo de atentar a los derechos del legítimo monarca que ella reconoce: mas convencido de que todas las operaciones de su Gobierno, por una fatalidad tan funesta como incomprensible, sólo han contribuido a hacer desgraciada a una Nación, que hizo tantos sacrificios para sancionarla, cree que sólo este pronunciamiento puede salvarla, tanto a ella como a su Príncipe, del estado de nulidad en que se encuentra. No trata el ejército de atentar a las propiedades ni a las personas; ni tampoco de hacer innovaciones que la equidad, la justicia y la religión de nuestros padres nos autorizan; no es un espíritu de sedición; no son los movimientos de una efervescencia efímera los resortes que le animan; el más puro patriotismo, los deseos más ardientes por la felicidad de su país, le han dictado el juramento más solemne de derramar hasta la última gota de sangre por verlos satisfechos....
"Pueblo español, en tu mano está el seguirle: en tu mano está el volver a tus pasadas glorias, o hundirte para siempre en un abismo de ignominia. La alternativa no es dudosa; y la Europa entera, cuya atención ocupas tanto, no perderá las esperanzas que tiene concebidas en la nación que hace seis años la sacó de su letargo, y decidió entonces sus destinos.
De orden y por ausencia del General en Jefe en el cuartel general, el Jefe del Estado Mayor, Felipe de Arco Agüero"
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Texto 3
La desamortización general de 1855 (Temas 7.2 y 7.4)
Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución Reina de las Españas; a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed que las Cortes constituyentes han decretado y nos sancionado lo siguiente:
Título I.-
I. Se declaran en estado de venta ( ) todos los predios rústicos y urbanos, censos y foros pertenecientes:
Al Estado, al clero, a las órdenes militares de Santiago, Alcántara, Calatrava, ( ) a cofradías, obras pías y santuarios; al secuestro del ex infante don Carlos, a los propios y comunes de los pueblos, a la beneficencia, a la instrucción pública y a cualesquiera otros pertenecientes a manos muertas, ya estén o no mandados vender por leyes anteriores.
II. Exceptuándose de lo dispuesto en el artículo anterior:
1º. Los edificios y fincas destinados o que el Gobierno destinare al servicio público.
2º. Los edificios que ocupan hoy los establecimientos de beneficencia e instrucción.
3º. El palacio o morada de cada uno de los M .RR. Arzobispos y RR. Obispos; y las ( ) casas destinadas para habitación de los curas párrocos ( ).
6º. Los montes y bosques cuya venta no crea oportuna el Gobierno.
7º. Las minas de Almadén.
8º. Las salinas.
Título IV.
XV. El Gobierno invertirá el 80 por cien del producto de la venta de los bienes de propios ( ) en comprar títulos de la Deuda consolidada al 3 por cien (...)
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Texto 4
Ley de modificación de fueros de 1841[La Ley "Paccionada"] (Temas 7.1 y 7.2)
Doña Isabel II ( ) y en su Real nombre D. Baldomero Espartero ( ) sabed: que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente:
Art. 5º. Los Ayuntamientos se elegirán y organizarán por las reglas generales que rigen o se adopten en lo sucesivo para toda la Nación.
Art. 6º. Las atribuciones de los Ayuntamientos, relativas a la administración económica interior de los fondos, derechos y propiedades de los pueblos, se ejercerán bajo la dependencia de la Diputación provincial, con arreglo a su legislación especial.
Art. 8º. Habrá una Diputación provincial, que se compondrá de siete individuos, nombrados por las cinco merindades, esto es, uno por cada una de las tres de menor población, y dos por las de Pamplona y Estella, que la tienen mayor, ( )
Art. 10º. La Diputación provincial, en cuanto a la administración de productos de los Propios, rentas, efectos vecinales, arbitrios y propiedades de los pueblos y de la provincia, tendrá las mismas facultades que ejercían el Consejo de Navarra y la Diputación del Reino, y además las que, siendo compatibles con éstas, tengan o tuvieren las otras Diputaciones provinciales de la Monarquía.
Art. 15º. Siendo obligación de todos los españoles defender la Patria con las armas en la mano cuando fueren llamados por la Ley, Navarra, como todas las provincias del reino, está obligada, en los casos de quintas o reemplazos ordinarios o extraordinarios del Ejército, a presentar el cupo de hombres que le corresponda ( )
Art. 16º. Permanecerán las aduanas en la frontera de los Pirineos, sujetándose a los aranceles generales que rijan en las demás aduanas de la Monarquía ( )
Amejoramiento del Fuero 1841-1982. Pamplona, 1982
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Texto 5
El régimen político de la Restauración. La Constitución de 1876 (Tema 8.1)
Artículo 11. La religión católica, apostólica, romana, es la del Estado. La nación se obliga a mantener el culto y sus ministros. Nadie será molestado en territorio español por sus opiniones religiosas, ni por el ejercicio de su respectivo culto, salvo el respeto debido a la moral cristiana.
No se permitirán, sin embargo, otras manifestaciones públicas que las de la religión del Estado.
Artículo 13. Todo español tiene derecho:
De emitir libremente sus ideas y opiniones ( );
De reunirse pacíficamente.
De asociarse para los fines de la vida humana.
De dirigir peticiones individual o colectivamente al rey, a las Cortes ( ).
Artículo 18. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el rey.
Artículo 19. Las Cortes se componen de dos cuerpos colegisladores, iguales en facultades: el Senado y el Congreso de los Diputados.
Artículo 20. El Senado se compone:
De senadores por derecho propio.
De senadores vitalicios nombrados por la Corona.
De senadores elegidos por las corporaciones del Estado y mayores contribuyentes en la forma que determine la ley.
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Texto 6
Los partidos emergrntes durante la Restauración. Programa del PSOE en 1880 (Tema 8.2)
"Considerando que esta sociedad es injusta porque divide a sus miembros en dos clases desiguales y antagónicas, una -la burguesía- que poseyendo los instrumentos de trabajo es la clase dominante; otra -el proletariado- que, no poseyendo más que su fuerza vital, es la clase dominada;
Que la sujeción económica del proletariado es la causa primera de la esclavitud en todas sus formas: la miseria social, el envilecimiento intelectual y la dependencia política;
Que los privilegios de la burguesía están garantizados por el poder político, del cual se vale para dominar al proletariado.
Por otra parte: Considerando que la necesidad, la razón y la justicia exigen que la desigualdad y el antagonismo entre una y otra clase desaparezcan, reformando o destruyendo el estado social que las produce;
Que esto no puede conseguirse sino de un modo: transformando la propiedad individual y corporativa de los instrumentos de trabajo en propiedad común de la sociedad entera;
Que la poderosa palanca con que el proletariado ha de destruir los obstáculos que a la transformación de la propiedad se oponen ha de ser el poder político, del cual se vale la burguesía para impedir la reivindicación de nuestros derechos. (...)
En suma: el ideal del Partido Socialista Obrero es la completa emancipación de la clase trabajadora: es decir, la abolición de todas las clases sociales (...)
Morato, J.J.: Pablo Iglesias, educador de muchedumbres. Barcelona, 1968
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Texto 7
El regeneracionismo. Joaquín Costa y la cuestión social (Tema 9.1)
"Después de medio siglo de (...) pronunciamientos, manifiestos, revoluciones, (...) cambios de régimen y de dinastía, proclamación de Constituciones (...), tenemos lo que se pedía, constitución liberal, (...) sufragio universal, derechos individuales y, sin embargo, seguimos lo mismo que estábamos: el pueblo gime en la misma servidumbre que antes, (...) su mísera suerte no ha cambiado en lo más mínimo, (...).
¿Y sabéis por qué? Porque esa libertad no se cuidaron más que de escribirla en la "Gaceta", (...) porque no se cuidaron de afianzarla dándole cuerpo y raíz en el cerebro y en el estómago, promoviendo una transformación honda de la agricultura, que haga producir doble que al presente y disminuya el precio de las subsistencias, y, mediante la difusión de la propiedad territorial, elevando a los braceros a la condición de terratenientes. (...) No vieron que la libertad sin garbanzos no es libertad. No vieron que por encima de todas las Constituciones y de todos los derechos individuales (...) el que tiene la llave del estómago tiene la llave de la conciencia, y, por tanto que el que tiene el estómago dependiente de ajenas despensas no puede ir a donde quiere, no puede hacer lo que quiere, no puede pensar como quiere, no puede el día de las elecciones votar a quien quiere; no reflexionaron que el que no sabe es como el que no ve, y que el que no ve tiene que ir conducido por Lazarillo a donde el Lazarillo quiere llevarle, que raras veces es a donde al ciego le conviene, que casi siempre es a donde le conviene al lazarillo, (...) la revolución no pudo rendir fruto alguno, quedó estéril".
Joaquín Costa: "La tierra y la cuestión social"
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Texto 8
Gobierno republicano-socialista. La Constitución de 1931 (Tema 10.1, Gráfica 10)
Artículo 1º. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia.
Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.
La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los municipios y las regiones. (...)
Artículo 2º. Todos los españoles son iguales ante la ley.
Artículo 3º. El estado español no tiene religión oficial.
Artículo 8º. El estado español, dentro de los límites irreductibles de su territorio actual, estará integrado por Municipios mancomunados en provincias y por las regiones que se constituyan en régimen de autonomía. (..)
Artículo 12º. Para la aprobación del Estatuto de la región autónoma, se requieren las siguientes condiciones:
1. Que lo proponga la mayoría de sus ayuntamientos (...).
2. Que lo acepten, (...), por lo menos las dos terceras partes de los electores inscritos en el censo electoral de la región. (...).
3. Que lo aprueben las Cortes (...).
Artículo 26º. Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociaciones sometidas a una ley especial.
El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas.
Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero.
Artículo 36º. Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes.
Constitución de la República Española. 9 de diciembre de 1931
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Texto 9
El Frente Popular. Discurso de Largo Caballero en la campaña electoral de 1936 (Tema 10.3)
"Tenemos que unirnos contra la clase burguesa.
Nos dicen que hay que defender la Patria, pero para ello se necesita un proletariado sano. El verdadero patriotismo está en desarrollar la economía y la industria nacional, no en provecho de una minoría, sino en provecho de la colectividad.
Por encima de críticas y de todo, hemos de unirnos contra la clase reaccionaria, y aunque en ciertos momentos nos unamos a otros elementos, sin renunciar a nuestra independencia política, como en las luchas del día 16, que se presenta en dos frentes; de un lado, la reacción ( ), y del otro, los que quieren contener a esa reacción.
Comunistas y socialistas, unidos a los republicanos, hemos firmado un pacto que no nos satisface, pero, a pesar de ello, hemos de cumplirlo todos, y el día 16 a votar, pase lo que pase en el acoplamiento de candidatos y vaya quien vaya en las candidaturas.
Indudablemente, después, hemos de seguir nuestro camino. Pero, ¿qué sucedería si triunfasen las derechas?
Las derechas me acusan de que yo preparo la guerra civil. Yo tengo que decir aquí que cuando yo he dicho que hay que responder con la guerra civil es contestando a sus amenazas de pasquines y prensa que dicen que van a exterminar el marxismo, ( ). Todo esto lo hacen para atemorizar a la clase media, presentándonos como salvajes, porque decimos la verdad respondiendo a esas gentes y les advertimos que no hablamos por hablar, sino que cumplimos nuestra palabra.
En el Parlamento, puestos en jarras, nos decían: ¿Por qué no la hacéis mañana?, creyendo que era sólo palabrería. Pero hemos demostrado que no somos como ellos; que si se atreven a poner en práctica sus propósitos, les cerraríamos una vez más el paso, puesto que necesitan para sus manejos fascistas a la clase obrera, y ésta, a pesar del soborno, no la conseguirán si algunos elementos no realizan una doble traición.
Pero si desde las alturas, a pesar de todo, se realizase una nueva traición, no será al rescate de la República sólo a lo que habrá que ir, sino a algo más
Mundo Obrero, 3 de febrero de 1936
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Texto 10
Comienzo de la sublevación militar. Bando del general Mola proclamando el estado de guerra (Tema 11.1)
"Una vez más el Ejército unido a las demás fuerzas de la Nación se ve obligado a recoger el anhelo de la gran mayoría de los españoles. Se trata de establecer el imperio del ORDEN, no solamente en sus apariencias externas, sino también en su misma esencia; para ello precisa obrar con JUSTICIA, que no repara en clases ni categorías sociales, a las que ni se halaga ni se persigue, cesando de estar dividido el país en dos bandos, el de los que disfrutan del Poder y el de los que son atropellados en sus derechos. La conducta de cada uno guiará la de la AUTORIDAD, otro elemento desaparecido en nuestra Nación, y que es indispensable en toda colectividad humana. El restablecimiento del principio de AUTORIDAD exige inexcusablemente que los castigos sean ejemplares, por la seriedad con que se impondrán y la rapidez con que se llevarán a cabo, sin titubeos ni vacilaciones.
Por lo que afecta al elemento obrero, queda garantizada la libertad de trabajo, no admitiéndose coacciones ni de una parte ni de otra. Las aspiraciones de patronos y obreros serán estudiadas y resueltas con la mayor justicia posible en un plan de cooperación, confiando en que la sensatez de los últimos y la caridad de los primeros, hermanándose con la razón, la justicia y el patriotismo sabrán conducir las luchas sociales a un terreno de comprensión con beneficios para todos y para el País. El que voluntariamente se niegue a cooperar (...) será el que primero y principalmente sufrirá las consecuencias. (...).
Para llevar a cabo la labor anunciada,
ORDENO Y MANDO:
Artículo 1º. Queda declarado el ESTADO DE GUERRA en todo el territorio de la provincia de Navarra y como primera providencia militarizadas todas sus fuerzas, sea cualquiera la AUTORIDAD de quien dependían anteriormente, (...)".
Diario de Navarra, 19 de julio de 1936
Mercedes Vázquez de Prada: Historia contemporánea de Navarra en sus documentos. Ariel Practicum, Barcelona, 2001
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Texto 11
Decreto de Unificación de 1937 (Tema 11.2)
"Una acción de gobierno eficiente, cual cumple ser la del nuevo Estado español, nacido por otra parte bajo el signo de la unidad y la grandeza de la Patria, exige supeditar a su destino común la acción individual y colectiva de todos los españoles.
Esta verdad, (...) es incompatible con la lucha de partidos y organizaciones políticas, que (...), gastan sus mejores energías en la lucha por el predominio de sus estilos peculiares, o, lo que es peor, en cuestiones de tipo personalista que dan lugar a discordias pequeñas dentro de las organizaciones, resucitando la vieja intriga política y poniendo en trance de descomposición organizaciones y fuerzas cuyas masas se mueven a impulsos de los más puros ideales. (...)
Esta unificación que exijo en el nombre de España (...), no quiere decir ni conglomerado de fuerzas, ni mera concentración gubernamental, ni unión pasajera. Para afrontarla de modo decisivo y eficaz hay que huir de la creación de un partido de tipo artificial, siendo, por el contrario, necesario recoger el calor de todas las aportaciones para integrarlas, por la vía de superación, en una sola entidad política nacional, (...).
Como en otros países de régimen totalitario, la fuerza tradicional viene ahora en España a integrarse en la fuerza nueva. Falange española aportó con su programa masas juveniles, propagandas con un estilo nuevo (...) y una promesa de plenitud española; los Requetés, junto a su ímpetu guerrero, el sagrado depósito de la tradición española, (...) con su espiritualidad católica, (...) y en cuyos principios eternos de moralidad y justicia ha de seguir inspirándose (...)
Por todo lo expuesto,
DISPONGO:
Artículo primero. Falange española y Requetés, con sus actuales servicios y elementos, se integran, bajo Mi Jefatura, en una sola entidad política de carácter nacional, que de momento se denominará Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S. (...)
Quedan disueltas las demás organizaciones y partidos políticos. (...)
Artículo tercero. Quedan fundidas en una sola Milicia Nacional las de Falange Española y de Requetés, (...). A ella se incorporarán también, (...), las demás milicias combatientes".
Salamanca, 19 de abril de 1937. Boletín Oficial del Estado (Burgos), 20 de abril de 1937
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Texto 12
La creación del Instituto Nacional de Industria (INI) en 1941 en la época de la autarquía. (Tema12.2)
"Preámbulo. La necesidad de vigorizar nuestra economía, fuertemente afectada por una balanza de pago tradicionalmente adversa, inspiró la política del Estado de fomento de las industrias de interés nacional que la ley de 24 de octubre de 1939 reguló, estimulando la iniciativa particular con la concesión de importantes ventajas y garantías. Sin embargo, es tan grande la cuantía de las inversiones que la fabricación de determinados productos requiere, que muchas veces rebasa el marco en que las iniciativas particulares se desenvuelven, y para otras el margen de los beneficios resulta tan moderado, que no ofrece incentivo a los organismos financieros, que hacen desviar el ahorro nacional hacia otras actividades, con perjuicio de los intereses de la Patria. Los imperativos de la defensa nacional exigen, por otra parte, la creación de nuevas industrias y la multiplicación de las existentes, (...). No existen, además, en nuestra Nación las entidades aptas para financiar estos grandes programas industriales. Surge, pues, la necesidad de un organismo que, dotado de capacidad económica y personalidad jurídica, pueda dar forma y realización a los grandes programas de resurgimiento industrial de nuestra Nación, (...).
Esto permitirá el que el Estado recoja y canalice el ahorro, convirtiéndolo en un auxilio vivo de la economía del país, de acuerdo con los principios políticos del Movimiento.
Artículo 1º. Se crea el Instituto Nacional de Industria, entidad de Derecho público, que tiene por finalidad propulsar y financiar, en servicio de la Nación, la creación y resurgimiento de nuestras industrias, en especial (...) la defensa del país, o que se dirijan al desenvolvimiento de nuestra autarquía económica, ofreciendo al ahorro español una inversión segura y activa".
Ley de 25 de septiembre de 1941. Nuevo Diccionario de Legislación. Aranzadi, tomo XIII, 17442
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Texto 13
Acuerdo político del Congreso de Munich de 1962 (Tema 12.4)
"El Congreso del Movimiento Europeo, reunido en Munich los días 7 y 8 de junio de 1962, estima que la integración, ya en forma de adhesión, ya de asociación de todos los países de Europa, exige de cada uno de ellos instituciones democráticas, lo que significa en el caso de España, de acuerdo con la Convención Europea de Derechos del Hombre y de la Carta Social Europea, lo siguiente:
1.º La instauración de instituciones auténticamente representativas y democráticas que garanticen que el gobierno se basa en el consentimiento de los gobernados.
2.º La efectiva garantía de todos los derechos de la persona humana, en especial los de la libertad personal y de expresión, con supresión de la censura gubernativa.
3.º El reconocimiento de la personalidad de las distintas comunidades naturales.
4.º El ejercicio de las libertades sindicales sobre bases democráticas y de la defensa por los trabajadores de sus derechos fundamentales, entre otros medios por el de huelga.
5.º La posibilidad de organización de corrientes de opinión y de partidos políticos con el reconocimiento de los derechos de la oposición.
El Congreso tiene la fundada esperanza de que la evolución con arreglo a las anteriores bases permitirá la incorporación de España a Europa, de la que es un elemento esencial, y toma nota de que todos los delegados españoles presentes en el Congreso expresan su firme convencimiento de que la inmensa mayoría de los españoles desea que esa evolución se lleve a cabo
de acuerdo con las normas de la prudencia política, con el ritmo más rápido que las circunstancias permitan, con sinceridad por parte de todos y con el compromiso de renunciar a toda violencia activa o pasiva antes, durante y después del proceso evolutivo."Fernando Álvarez de Miranda: Del "contubernio" al consenso.
Barcelona, Planeta, 1985.
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Texto 14
El Amejoramiento del Fuero de Navarra de 1982 (Tema 13.3)
Artículo 1. Navarra constituye una Comunidad Foral con régimen, autonomía e instituciones propias, indivisible, integrada en la Nación española y solidaria con todos sus pueblos.
Artículo 3. (...) la presente Ley Orgánica tiene por objeto:
1. Integrar en el Régimen Foral de Navarra todas aquellas facultades y competencias compatibles con la unidad constitucional.
2. Ordenar democráticamente las Instituciones Forales de Navarra.
3. Garantizar todas aquellas facultades y competencias propias del Régimen Foral de Navarra.
Artículo 6. Los navarros tendrán los mismos derechos, libertades y deberes fundamentales que los demás españoles.
Artículo 9.
1. El castellano es la lengua oficial de Navarra.
2. El vascuence tendrá también carácter de lengua oficial en las zonas vascoparlantes de Navarra.
Artículo 10. Las instituciones forales de Navarra son:
1. El Parlamento o Cortes de Navarra.
2. El Gobierno de Navarra o Diputación Foral.
3. El Presidente de Gobierno de Navarra o Diputación Foral.
Artículo 11. El Parlamento representa al pueblo navarro, ejerce la potestad legislativa, aprueba los Presupuestos y las Cuentas de Navarra, impulsa y controla la acción de la Diputación Foral y desempeña las demás funciones que le atribuye el ordenamiento jurídico.
Artículo 45.
1. En virtud de su régimen foral, la actividad tributaria y financiera de Navarra se regulará por el sistema tradicional del Convenio Económico.
2. En los Convenios Económicos se determinarán las aportaciones de Navarra a las cargas generadas del Estado señalando la cuantía de las mismas y el procedimiento de actualización (...)
Amejoramiento del Fuero 1841-1982. Pamplona, 1982
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CINCUENTA PREGUNTAS SOBRE LOS CINCO PRIMEROS TEMAS
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